Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l28-1998.html#a9

 

RESUMEN:

Artículo 9. Facultad de desistimiento.

1. El consumidor podrá desistir del contrato dentro de los siete días hábiles siguientes a la entrega del bien, comunicándolo mediante carta certificada u otro medio fehaciente al vendedor y, en su caso, al financiador, siempre que se cumplan todos los requisitos siguientes: